Caso Pérez Roldán: prohibición para salir del país e inhibición de bienes para el papá del extenista
El entrenador de tenis Raúl Pérez Roldán –quien dirigió durante años una de las academias más exitosas de la Argentina- afronta así un nuevo revés judicial. Según el fallo, por el momento el juez no aceptó ordenar la prisión preventiva para Pérez Roldán, solicitada por la querella, aunque esa decisión podía reevaluarse si no se cumple con las medidas fijadas.
La causa se abrió en 2022
Guillermo Pérez Roldan, quien llegó a ser puesto 13 en el ranking ATP en 1988 y miembro del equipo argentino de Copa Davis entre 1988 y 1993, denunció los abusos que sufrió por parte de su padre y entrenador hace unos años, ante el periodista Sebastián Torok. Luego, su historia quedó plasmada en un documental, “Pérez Roldán confidencial”.
Junto a ese documental, llegó la denuncia penal, que -tras idas y vueltas- quedó radicada ante la justicia federal de Azul. Allí se estableció no solo que los delitos no prescribieron sino que deben investigarse las figuras de lavado de activos y trata de personas, además de lesiones graves, administración infiel, privación de la libertad y abusos.
Según infobae, el juez dispuso escuchar nuevamente, bajo cámara Gesell a las víctimas: Guillermo Pérez Roldan y Graciela Pérez, una alumna de la escuela y deportista que llegó a ser auxiliar en el club. En la nueva declaración ante los profesionales, el ex tenista afirmó que tiene miedo. Su principal temor son sus hijos: las mayores viven en Italia, el más pequeño con él y su esposa en Chile.
“Sé de lo que es capaz mi padre… por lo tanto quisiera tener algo de seguridad”, le pidió al tribunal, según reportaron sus entrevistadores. Graciela Pérez, por su parte, también pidió seguridad. Tiene un botón antipánico. Vive a pocas cuadras de la casa de su victimario. “Vivo con miedo desde que decidí hablar. No sé de qué puede llegar a ser capaz”, afirmó, pudo.
La querella a cargo del abogado Juan Ignacio Pascual insistió en los “factores de riesgo procesal la gravedad de los delitos investigados, la pena en expectativa que resultaría de cumplimiento efectivo, el miedo y el temor que expresan las víctimas” y pidió sopesar “el tipo de personalidad del imputado, su tendencia a la violencia, a la manipulación y a la captación de voluntad”. También subrayó que el riesgo de fuga por “los contactos que tiene el imputado en otros países y las sumas económicas” que maneja. Pidió la prohibición de salida sin autorización previa del ámbito territorial, la retención de los documentos de viaje, el arresto domiciliario con vigilancia y subsidiariamente la prisión preventiva.
Por su parte, el fiscal federal Santiago Eyherabide avaló los riesgos de fuga y entorpecimiento, pero indicó que “por el momento no existió ningún hecho que permita inferir riesgo de elusión” y destacó “el arraigo del imputado”. Según refirió, el imputado no tiene antecedentes y que los delitos contra las personas estarían lejos en el tiempo y no se han acreditado acciones de hostigamiento como para fundamentar medidas cautelares privativas de libertad.
Promovió la prohibición de salida del país por 180 días y la retención de los documentos de viaje, teniendo en cuenta que su hijo vive en Chile. Y consideró que sería prematura por el momento dictar su detención, aunque solicitó que se disponga la utilización de una pulsera electrónica al imputado para poder realizar un seguimiento de su ubicación y revelar si se encuentra cerca de los lugares de exclusión.
También requirió que se imponga al imputado la promesa de que no va a entorpecer, ni se va acercar a los testigos, ni a las víctimas, ni a sus familiares directos, en el transcurso de la investigación.
“Corresponde disponer la obligación del imputado de fijar domicilio del que no podrá ausentarse por un lapso mayor de 72 horas sin autorización previa del Juzgado y la prohibición de salida de país por el término de 180 días, emplazándoselo para que en el término de 5 días haga entrega de su pasaporte -dispuso el juez-. La medida deviene necesaria a fin de evitar la realización o celebración de actos jurídicos en el exterior que importen alterar cuentas, inversiones u enajenar bienes. Asimismo dispondré la inhibición general de bienes del nombrado y de la firma BAKOTA S.A., medida necesaria para preservar la intangibilidad del patrimonio sujeto a investigación. Y, conforme lo ha solicitado el Ministerio Público Fiscal, por los mismos fundamentos, decretaré la inhibición general de bienes de Liliana Beatriz Zagarzazu, esposa de Raúl Pérez Roldan y madre del denunciante”, señala el fallo.